TESTIMONIO: VISTO: Lo peticionado por la Empresa Aguas de Balcarce en el Expediente Nº 1480-B/99, y CONSIDERANDO: Que en virtud de existir un convenio de conce- sión de las vías, entre la Empresa Ferrosur Roca S.A. y el Estado, el cual le permite a dicha empresa cobrar un arancel anual en con- cepto de Control Técnico de las instalaciones. Que fue necesario hacer un cruce de vías para pasar una colectora Pro Tierra por Caseros esquina 1. Que conforme al mencionado cruce, la Empresa Ferrosur Roca tiene el derecho de cobrar el mencionado arancel anual. Que por error administrativo la Empresa Ferro- sur Roca S.A. no facturó en tiempo y forma los períodos correspon- dientes al 5 de octubre de 1998 al 4 de octubre de 1999, impidiendo que se cancelara el mismo por parte del Municipio a la Empresa Aguas de Balcarce, perjudicando el pago del período posterior (5 de octu- bre de 1999 al 4 de octubre de 2000) por razones de organización ad- ministrativa. Que la obra mencionada queda comprendida en el tema 26, Artículo 19º, Item 2 del libro de Ordenes de Servicio, sus- cripto entre la Empresa Aguas de Balcarce S.A. y la Municipalidad, el cual establece: "libere de cualquier costo al concesionario por el uso del subsuelo necesario para las redes, instaladas y a insta- larse en el futuro". Que es procedente el pago por parte de la Municipalidad a la Empresa Aguas de Balcarce de los dos períodos en cuestión, por la suma de Pesos Seiscientos Treinta ($ 630.-) cada uno, haciendo un total de Pesos Mil Doscientos Sesenta ($ 1.260.-). Que Contaduría Municipal ha informado la impu- tación presupuestaria y que existe saldo disponible reservándose preventivamente la suma respectiva. Que para reconocer deudas de ejercicios ante- riores, y efectuar el pago de las mismas, se necesita la autoriza- ción del Honorable Concejo Deliberante, conforme al Artículo 140º y concordantes del Reglamento de Contabilidad. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 151/00 ------------------------------- ARTICULO 1.- Téngase por reconocida la deuda a favor de la Empresa ------------ Aguas de Balcarce, de los ejercicios 1998 y 1999, en concepto de reintegro por el pago de ésta a la Empresa Ferrosur Roca por arancel anual, correspondiente a los períodos del 5 de octubre de 1998 al 4 de octubre de 1999 y del 5 de octubre de 1999 al 4 de octubre de 2000.---------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar el pago ------------ a la Empresa Aguas de Balcarce, por la suma de Pesos Mil Doscientos Sesenta ($ 1.260.-).--------------------------------- ARTICULO 3.- Procédase por Contaduría Municipal a librar orden de ------------ pago a favor de Aguas de Balcarce, por la suma de Pesos Mil Doscientos Sesenta ($ 1.260.-), debiendo imputarse la erogación a la siguiente Partida del Presupuesto General de Gastos: FINALIDAD 1 - Programa 9.1.1.2.14.3. "Gastos Generales Varios" - Subprograma 103.---------------------------------------------------- ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los doce días del mes de octubre de dos mil. FIRMADO: Fabián D. Ridao - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO